San José.- Las potestades que en la actualidad tiene el contralor general de la República, Clodosbaldo Russián, para impedirle a cualquier funcionario público que se postule a cargos de elección popular hasta por 15 años, lo "convierten en un juez sin serlo" y violan el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la cual solamente permite que un tribunal sea el que restrinja el derecho al sufragio de un ciudadano.
Por estas razones la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) demandó de la Corte Interamericana que ordene a Venezuela anular o modificar el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría, donde está establecida está sanción.
El requerimiento lo hicieron el Relator para Venezuela, el comisionado brasileiro Paulo Sergio Pinheiro; y la subsecretaria del organismo regional, Elizabeth Abi-Mashed ayer, al concluir la audiencia pública relacionada con el caso de la inhabilitación del ex alcalde de Chacao, Leopoldo López, y por la cual pidieron al tribunal internacional que condenara al Estado por haber violado los artículos 8, 23 y 25 del llamado Pacto de San José.
Durante su intervención Abi-Mashed afirmó que al quitarle a Russián la facultad de decidir si alguien se postula o no a una elección "será un paso más hacia la consolidación de la democracia" en el país, por cuanto "el concepto de democracia representativa se asienta en el hecho de que el pueblo elige a sus representantes para que ejerzan el poder político".
La delegación de la CIDH consideró inaceptable que un funcionario distinto a juez pueda limitar el derecho a ser elegido. Posición que fue apoyada por el abogado de López, José Antonio Maes, quien aseveró: "Las inhabilitaciones deterioran y debilitan gravemente la democracia y se constituyen en una herramienta para descalificar a los opositores, siendo el Estado el que escoge quienes son los candidatos, pasando por encima de la voluntad popular y generando elecciones fraudulentas".
Más sombras que luces
La representación del Estado, por su parte, negó las acusaciones y se mantuvo firme en su tesis de que la Constitución establece dos tipos de inhabilitaciones: Las políticas, que impone un juez luego de un juicio penal y que impiden a los ciudadanos votar, ser elegido y organizar partidos; y las administrativas que las aplica el Contralor y que solo limitan el derecho a acceder cargos públicos. Sin embargo, en este último punto se produjeron contradicciones, pues pese a que el día previo el ex vicepresidente de la Sala Constitucional del TSJ, Jesús Eduardo Cabrera, había considerado factible que los sancionados por Russián pudieran presentarse a como candidatos a concejales, parlamentarios o aquellos puestos donde no administraran fondos, ayer Alexander Pérez, funcionario de la Contraloría que apoyaba a la delegación oficial, negó esa posibilidad.
La también funcionaria de la Contraloría, Mónica Mistiquio, insistió en que López incurrió en irregularidades cuando trabajando en Pdvsa Primero Justicia recibió una donación de esa empresa y cuando en 2003 pidió al Concejo Municipal de Chacao modificar partidas para pagar sueldos de los funcionarios del ayuntamiento.
No obstante, sus explicaciones parecieron no satisfacer a los magistrados Margarette May Macaulay (Jamaica) y Eduardo Vio Grossi (Chile), quienes preguntaron si el ex alcalde había sido procesado penalmente por esos hechos, lo cual no ha ocurrido.
La misma suerte corrió la razón dada para que la inhabilitación se produjera meses después de que fuera declarada la responsabilidad administrativa de López. Según Mistiquio eso ocurrió porque era un "procedimiento complejo".
El agente del Estado ante el sistema interamericano, Germán Saltrón, no desaprovechó la ocasión para fustigar a la CIDH por haber llevado este caso ante el Tribunal de San José, pues, a su juicio, no está sustentado. "Cada vez que la CIDH traiga casos políticos a esta Corte se van a crear más problemas", advirtió.
Para mediados o finales de año el Tribunal deberá emitir su dictamen, cuyo cumplimiento, advirtió Saltrón, dependerá de lo que diga del TSJ, pues "las decisiones de la Corte no nos de obligatorio cumplimiento". Apenas horas antes Cabrera había dicho que la Convención Americana, la cual creó esta instancia y de la que Venezuela es signataria, "está vigente y es ley en Venezuela".
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